La Escuela Gallega del Deporte
adscrita a la Administración deportiva de Galicia, será
el centro rector de las enseñanzas deportivas en el ámbito
de Galicia y también el centro de documentación deportiva.
Su estructura, organización y funcionamiento se determinarán
reglamentariamente.
Será competencia de la Administración Autonómica
de Galicia la regulación, dentro del ámbito de la
presente Ley, de las titulaciones del ámbito deportivo de
Galicia, estableciendo los programas, niveles y régimen de
acceso que corresponda para cada una. Expedirá las titulaciones
correspondientes, sin perjuicio de los acuerdos a que pudiese llegarse
con las federaciones deportivas gallegas para sus modalidades deportivas
propias.